jueves, 12 de julio de 2012

Pleno de 5 de junio


SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EN PRIMERA CONVOCATORIA EL DÍA 05-06-2006 
En el Salón de actos del Centro de Servicios Sociales Comunitarios de Villanueva Mesía, a las veinte horas del día cinco de junio de dos mil seis, se ha reunido el Ayuntamiento Pleno, bajo la presidencia del Sr. Alcalde, Don José Entrena Ávila, concurriendo los Sres. Concejales Doña Angelina Lourdes Ayllón Muñoz, Don Antonio José Arco Sánchez, Don Juan Fuentes Gómez, Don Francisco Márquez Naranjo y Don José Antonio Verdejo Cobos, asistidos por el Secretario de la Corporación, Don Rafael Martín Hoces, que da fe del acto, al objeto de celebrar sesión extraordinaria, en primera convocatoria. 
Han justificado su ausencia D. Antonio Miguel Castro Maldonado, Doña Ángeles Gómez Gutiérrez y Dª Ana Isabel Rico Sánchez. 
Declarada abierta la sesión por el Sr. Presidente y comprobada por el Secretario la existencia del quórum de asistencia necesario para que pueda ser iniciada, se procede a conocer de los siguientes asuntos incluidos en el orden del día de la convocatoria. 
ASUNTO 1º.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Por la Presidencia se pregunta a los asistentes si tienen que formular alguna observación al acta de la sesión anterior, celebrada el día 11-05-2006, que se ha distribuido con la convocatoria de la presente. 
Por el Sr. Concejal-Delegado de Medio Ambiente, Sr. Fuentes Gómez, en su intervención del día 11-05-2006, en el ASUNTO 3º.- INFORME DEL SR. CONCEJAL DE MEDIO AMBIENTE SOBRE ASUNTOS RELACIONADOS CON SU ÁREA, se formula la siguiente observación, que es aprobada por unanimidad: donde dice: "De la reunión celebrada el pasado día de 31 marzo el representante del P.S.A. con la finalidad de poner en marcha la Comisión Informativa Permanente…", debe decir: "De la reunión celebrada el pasado día de 31 marzo con el representante del P.S.A., a la que no asistió la representante del PP, debidamente citada, con la finalidad de poner en marcha la Comisión Informativa Permanente..." 
No formulándose ninguna más, el Sr. Presidente proclama aprobada por unanimidad el acta de la sesión citada, ordenando su trascripción al Libro de Actas según lo dispuesto por el artículo 110.2 del Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el R.O.F. 
ASUNTO 2º.- COMUNICACIONES DE ESCRITOS.- Se da cuenta de los siguientes escritos de interés recibidos a la fecha: 
La Presidencia informa que, desde la última sesión plenaria celebrada a la fecha, no se ha recibido escrito alguno de especial interés para dar cuenta de ello. 
ASUNTO 3º.- HACIENDA: EXPEDIENTE NÚM. 04/2006 DE MODIFICACIONES DE CRÉDITOS AL PRESUPUESTO VIGENTE.- Se da cuenta del expediente nº 04/06, de modificación de créditos dentro del vigente Presupuesto General Municipal, al que se une informe del Secretario-Interventor, el cual presenta el siguiente resumen: 
A) SUPLEMENTO DE CRÉDITOS CON CARGO A NUEVOS INGRESOS Y AL REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA. 
1) ESTADO DE GASTOS:
APLICACIÓN
CONCEPTO
IMPORTE/€
3.611.04
Inversión jornales PFEA Especial 2006
42.128,77
3.611.05 
Inversión materiales PFEA Especial 2006
25.871,23
Suma:............................................
68.000,00
Para hacer frente a dichas obligaciones, y de conformidad con lo previsto en el artículo 177.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (T.R.L.R.H.L), y 36.1 a) del Real Decreto 500/90, de 20 de abril, puede acudirse a la siguiente formula: 
2) ESTADO DE INGRESOS:
APLICACIÓN
CONCEPTO
IMPORTE/€
721.00
Subvención SPEE jornales PFEA Especial 2006
40.000,00
761.02
Subvención Diputación materiales PFEA Espec
16.000,00
870.02
Remanente Líquido de Tesorería 
12.000,00

Suma:.............
68.000,00
CONSIDERANDO: Que según dispone el artículo 36 del Real Decreto 500/90, de 20 de abril, los créditos extraordinarios y los suplementos de créditos se podrán financiar: a) Con cargo al remanente líquido de tesorería calculado de acuerdo con lo establecido en los artículos 101 a 104 y b) Con nuevos o mayores ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos en algún concepto del Presupuesto corriente. 
CONSIDERANDO: Que los nuevos ingresos recaudar han quedado suficientemente acreditados (artículo 37.2 c) del Real Decreto 500/90, de 20 de abril). 
CONSIDERANDO: Que en la tramitación del expediente se ha efectuado con estricta sujeción a las disposiciones vigentes, y los informes formulados son favorables. 
Vistos los artículos 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; 36, 37 y 38 del Real Decreto 500/1.990, de 20 de abril, y demás normas de aplicación. 
El Ayuntamiento Pleno, en votación ordinaria, por seis votos a favor, cuatro de los Concejales del PSOE, y dos del PSA, ACUERDA: 
Primero.- Aprobar inicialmente el expediente núm. 04/06 de Modificación de Créditos dentro del vigente Presupuesto General Municipal, por un importe de 68.000,00 euros. 
Segundo.- Que se exponga este acuerdo al público, por un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, para que, dentro del mismo, los interesados a los que hace referencia el artículo 170 del citado texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, puedan examinarlo y presentar las reclamaciones oportunas. Si transcurriese el citado plazo sin que se presentasen reclamaciones, se entenderá aprobado definitivamente; en caso contrario, requerirá acuerdo expreso de este Pleno resolviéndolas en el plazo de un mes. No obstante, para la efectividad del expediente se requerirá la publicación a que hace referencia los artículos 70.2 y 112.3 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril; y 169 apartados 3 y 5 en relación con el 177.2 T.R.L.R.H.L. 
Tercero.- Facultar ampliamente al Sr. Alcalde para que continúe el expediente hasta su total conclusión. 
ASUNTO 4º.- HACIENDA: APROBACIÓN CUENTA GENERAL DE PRESUPUESTOS 2005.- Seguidamente el Sr. Alcalde manifiesta que la Corporación debe proceder al examen de la Cuenta General de Presupuestos del ejercicio 2.005 la cual, debidamente rendida y con los documentos que la justifican, pone a disposición de la misma. 
El Pleno de la Corporación, una vez examina detenidamente la expresada Cuenta, de conformidad con el dictamen de la Comisión Especial de Cuentas, que consta en el expediente, vistos los artículos 116 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 212.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por unanimidad de los seis Concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, acuerda: 
Primero.- Aprobar la Cuenta General de Presupuestos del ejercicio 2.005, en la forma como viene rendida, según consta en el expediente de su razón, la cual ofrece el siguiente resumen: 
PRESUPUESTO EJERCICIO 2005 
1.- Derechos liquidados........................................ 2.117.059,61 €. 
" Recaudación líquida a 31-12-2.005......... 1.742.860,13 €. 
" Pendiente de cobro a 31-12-2.005........... 374.199,48 €. 
2.- Obligaciones liquidadas.................................. 1.974.708,98 €. 
" Pagos líquidos a 31-12-2.005 .................. 1.321.672,10 €. 
" Pendiente de pago a 31-12-2.005............. 653.036,88 €. 
3.- Gastos financiados con R.L.T.:......................... 420.455,32 €. 
SUPERÁVIT O DÉFICIT DEFINITIVO.............. 562.805,95 €. 
Segundo.- Remitir este acuerdo y la documentación de que se componen la Cuenta General del ejercicio 2.004, de conformidad con los artículos 212.5 y 223.2 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, a la Cámara de Cuentas de Andalucía. 
ASUNTO 5º.- PROGRAMA DE FOMENTO DE EMPLEO AGRARIO 2.006. ASIGNACIÓN ESPECIAL. SOLICITUD DE INCLUSIÓN DE OBRA
Se da cuenta de la comunicación del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) sobre los créditos disponibles a favor de las Corporaciones Locales, destinados a la formalización de Convenios contra el paro (Asignación Especial 2006), a fin de subvencionar la contratación de trabajadores desempleados y que están afectados al Programa de Fomento de Empleo Agrario. 
Vista y examinada la Memoria-Presupuesto de la obra a incluir en dicho Convenio, elaborada por la Unidad de Asistencia Técnica a Municipios de la Diputación de Granada, cuyo presupuesto total asciende a 68.000,00 euros, así como la Orden Ministerial de 26-10-1.998, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el INEM en el ámbito de colaboración con las Corporaciones Locales, para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social (B.O.E. nº 279, de 21-11-1.998); Resolución de 30-03-1.999, del INEM, que la desarrolla (B.O.E. nº 88, de 13-04-1.999); y la Orden de 27 de septiembre de 1.999 de la Consejería de Gobernación (B.O.J.A. nº 121, de 19-10-1.999). 
La Corporación en Pleno, por unanimidad de los seis concejales presentes de los nueve que legalmente la componen, acuerda: 
Primero.- Aprobar el proyecto redactado por la Unidad de Asistencia Técnica a Municipios de la Diputación de Granada, así como su realización por administración directa, dado el fin de estos fondos de combatir el desempleo. La Memoria, que queda afectada al Programa de Fomento de Empleo Agrario, es la siguiente:
OBRAS
PRESUPUESTO/€
Ampliación de la Guardería Infantil
68.000,00 euros
Segundo.- Acogerse a los beneficios establecidos en la Orden Ministerial de fecha 26-10-1.998 y solicitar del Sr. Director Provincial del SPEE, que subvencione a fondo perdido los Costes Salariales y Cotizaciones empresariales a la Seguridad Social correspondiente a los trabajadores contratados, a saber: 
OBRAS 
PRESUPUESTO/€
Ampliación de la Guardería Infantil
40.000,00 euros
Tercero.- Solicitar de la Junta de Andalucía y de la Diputación Provincial, al amparo del Decreto 27 de septiembre de 1.999, de la Consejería de Gobernación y Justicia, por el que se regula la concesión de ayudas a los proyectos de obras a ejecutar en Convenio con el SPEE, que subvencione el 100 por 100 de los materiales a emplear en la ejecución de dichas obras, y que asciende a: 
OBRAS
PRESUPUESTO/€
Ampliación de la Guardería Infantil
16.000,00
Cuarto.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 y 31 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se declaran como CRÉDITOS RETENIDOS, pendientes de utilizar, los contenidos en la partida 3.611.04 y 3.611.05 del Estado de Gastos del vigente Presupuesto General Municipal, por importe de 2.128,77 euros y 9.871,23 euros, respectivamente, quedando afectados al cumplimiento de la aportación municipal a la obra de referencia. 
ASUNTO 6º.- CONVENIO DE GESTIÓN Y COOPERACIÓN CON LA EMPRESA PROVINCIAL DE VIVIENDA, SUELO Y EQUIPAMIENTO DE GRANADA, S.A. (VISOGSA) PARA LA EJECUCIÓN DE DE ALOJAMIENTOS PROTEGIDOS EN ALQUILER CON DESTINO A TERCERA EDAD. 
El RD 801/2005 de 1 de julio, establece una serie de medidas de financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda que constituye el Plan Estatal de Vivienda 2005 2008, que han sido desarrolladas y ampliadas en la Comunidad Andaluza, en la Orden 10 de marzo de 2006 de desarrollo y tramitación de las actuaciones en materia de viviendo y suelo del Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2003 2007. 
Dada la importancia de solucionar el problema de alojamiento para los sectores de población más desfavorecidos, de forma especial los mayores de 65 años, el Ayuntamiento de VILLANUEVA MESIA tiene previsto una promoción de 22 alojamientos protegidos para la tercera edad y servicios complementarios, con la finalidad de intentar paliar el problema de alojamiento de este colectivo dentro del término municipal, en el solar de propiedad municipal sito calle Circunvalación, integrado por una finca de 1.273,77 m2 de superficie debidamente inscrita en el Libro Inventario de Bienes y Derechos de la Corporación y en el Registro de la Propiedad de Loja, como consta. 
Teniendo en cuenta 
Que las competencias municipales en materia de urbanismo y vivienda, vienen recogidas en los artículos 31 y 36 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el articulo 25 de la misma cuyo apartado d) establece como competencias municipales las relativas, entre otras, a la ordenación, gestión, ejecución, disciplina urbanística, promoción y gestión de las viviendas. 
Que el Ayuntamiento de Villanueva Mesía carece de medios para llevar a efecto dicho proyecto, si bien la Empresa Provincial de Vivienda, Suelo y Equipamiento de Granada de Granada, S.A. (VISOGSA) tiene entre sus fines estatutarios: la construcción, promoción y venta de toda clase de obras y edificaciones en general, incluso urbanización de terrenos y viviendas de protección oficial, así como cuanto sea antecedente, consecuencia o complemento de lo anterior; el asesorar a Entidades Públicas y Privados en materia de construcción y rehabilitación de viviendas, edificios y locales gestionando cualquier tipo de actividad necesario para su realización; así como colaborar en la forma más amplia con la Junta de Andalucía, Diputaciones Provinciales, Ayuntamientos y otras Entidades Públicas y privados en la promoción, construcción o rehabilitación de suelo, edificios y viviendas. 
Que el artículo 57 de la Ley 711985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), establece la posibilidad de celebrar convenios administrativos entre las Comunidades Autónomas y la Administración Local, a los que los artículos 6, 8 y 9 de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (LPAC), confieren carta de naturaleza como fórmula de colaboración. 
Que la firma de un convenio de gestión y cooperación con VISOGSA para la ejecución de alojamientos protegidos en alquiler con destino a tercera edad no supone limitación o alteración alguna de las competencias municipales ni de su capacidad. 
Que el Pleno de la Corporación es el órgano competente para adoptar este acuerdo, de conformidad con los artículos 22.2 p) y 47 g) de la LRBRL. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación, una vez examinado el clausulado del Convenio que se propone, el cual consta en el expediente, por unanimidad de los seis Concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, y, por tanto, mayoría absoluta, ACUERDA: 
Primero.- Suscribir un Convenio de Gestión y Cooperación con la Empresa Provincial de Vivienda, Suelo y Equipamiento de Granada de Granada, S.A. (VISOGSA) para la ejecución de 22 alojamientos protegidos en régimen de alquiler para la tercera edad y servicios complementarios, en el solar de propiedad municipal sito en calle Circunvalación, de esta localidad, integrado por una finca de 1.273,77 m2. 
Segundo.- Aprobar íntegramente su clausulado, en la forma que consta en el expediente. 
Tercero.- El Ayuntamiento de Villanueva Mesía actuará como promotor asumiendo los derechos y obligaciones que le confiere la legislación vigente y este convenio. 
Cuarto.- Facultar a VISOGSA en la amplitud precisa para aquellos actos de gestión, administración y disposición que se fijan en este convenio y, en particular, los siguientes actos de disposición: 
a) Contratar la redacción y dirección de los proyectos técnicos, Estudio Geotécnico, Levantamiento Topográfico, Proyecto de Seguridad y Salud. 
b) Disponer del préstamo hipotecario suscrito con la entidad bancaria, según los hitos de obra ejecutada, y en los términos del préstamo firmado. 
c) Contratar las obras de ejecución de la promoción. 
d) Contratación de seguros y control de calidad de las obras" 
Quinto.- Facultar al Sr. Alcalde, o en quien legalmente le sustituya, tan ampliamente como en derecho se requiera, para que, en nombre y representación de este Ayuntamiento, realice cuantas gestiones sean necesarias para la efectividad de este acuerdo y firme cuantos documentos ello precisase. 
ASUNTO 7º.-PROPUESTA DE ADHESIÓN AL CONVENIO ESPECIFICO 2005 DE COLABORACIÓN SUSCRITO ENTRE LA CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESAS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y LA DIPUTACIÓN DE GRANADA PARA LA IMPLANTACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO EN NUESTRO MUNICIPIO DEL CENTRO PÚBLICO DE ACCESO A INTERNET DENOMINADO "CENTRO GUADALINFO". 
La Consejería de la Presidencia de la Junta de la Andalucía y la Diputación Provincial de Granada suscribieron, con fecha 2 de diciembre de 2003, un Convenio Marco de Colaboración con el objeto de constituir y garantizar el funcionamiento, durante 36 meses, de Centros Públicos de acceso a Internet denominados "Centro Guadalinfo", en todos los municipio de la Provincia de menos de 10.000 habitantes, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 28 del Decreto 72/2003, de 18 de marzo, de Medidas de Impulso de la Sociedad del Conocimiento de Andalucía, al que este Ayuntamiento está adherido en virtud del acuerdo plenario adoptado en su día. 
Teniendo en cuenta que, dentro del marco jurídico e institucional de dicho Convenio, determinadas actuaciones requieren ser puestas en marcha mediante la colaboración ente las distintas Administraciones participantes a través de Convenios Específicos, en los que se concreten las obligaciones y compromisos recíprocos, la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía y la Diputación Provincial de Granada han decidido suscribir un Convenio Específico con el objetivo de regular la colaboración entre ellos y los Ayuntamientos adheridos para la puesta en marcha y funcionamiento de un Centro Guadalinfo. 
Examinado el clausulado del Proyecto de dicho Convenio Específico 2005, el cual consta en el expediente, y teniendo en cuenta 
Que el artículo 57 de la Ley 711985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), establece la posibilidad de celebrar convenios administrativos entre las Comunidades Autónomas y la Administración Local, a los que los artículos 6, 8 y 9 de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (LPAC), confieren carta de naturaleza como fórmula de colaboración. 
Que la adhesión del Ayuntamiento a dicho Convenio no supone limitación o alteración alguna de las competencias municipales ni de su capacidad. 
Que el Pleno de la Corporación es el órgano competente para adoptar este acuerdo, de conformidad con los artículos 22.2 p) y 47 g) de la LRBRL. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación, por unanimidad de los seis Concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, y, por tanto, mayoría absoluta, ACUERDA: 
Primero.- Adherirse al Convenio Específico 2005 que se pretende suscribir entre la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, la Diputación Provincial de Granada y los Ayuntamientos adheridos al Convenio Marco, que tiene por objeto la puesta en marcha y funcionamiento de un Centro Guadalinfo en la localidad. 
Segundo.- Aprobar íntegramente su clausulado y anexos en la forma que consta. 
Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde, tan ampliamente como en derecho se requiera, para que realice cuantas gestiones sean necesarias para la efectividad de este acuerdo y firme cuantos documentos ello precisase. 
ASUNTO 8º.- SOLICITUD DE SUBVENCIONES DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA JUVENTUD AL AMPARO DE LA ORDEN DE 30 DE MARZO DE 2006.- Dada cuenta de la Orden de 30 de marzo de 2.006 de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social (BOJA núm. 81, de 02-05-2006), por la que se regulan las ayudas del Instituto Andaluz de la Juventud a Municipios, Entidades Locales supramunicipales, Organismos Autónomos Municipales de carácter administrativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la realización de proyectos en materia de juventud, así como las previstas a Entidades Locales que hayan obtenido la calificación de Municipio Joven de Andalucía, para el ejercicio 2006. 
Vistas y examinadas las Memorias elaboradas sobre las necesidades prioritarias que se pretenden llevar a cabo y de los objetivos que se proyectan, la cual consta en el expediente. 
El Pleno de la Corporación, por unanimidad de los seis Concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, ACUERDA: 
Primero.- Acogerse a los beneficios establecidos por la citada Orden de 20 de marzo de 2.006 de la Consejería de Cultura. 
Segundo.- Aprobar las siguientes Memorias-Presupuesto: 
" Programas de Actividades de fomento, promoción y desarrollo dirigidos a jóvenes (PROYECTO JUVENTUD 2006)": ……………...............................……………. 6.000,00 €. 
" Proyecto de adecuación de planta baja de antigua Casa Consistorial a Espacio Joven" …… 58.503,38 € 
" Equipamiento de "Espacio Joven"………………...6.000,00 € 
Tercero.- Solicitar a la Consejería de Instituto Andaluz de la Juventud las siguientes subvenciones: 
" Programas de Actividades de ocio y tiempo libre... 5.400,00 € 
" Proyecto de adecuación de planta baja de antigua Casa Consistorial a Espacio Joven" ….. 43.877,54 € 
" Equipamiento de "Espacio Joven"……………….. 5.400,00 € 
Cuarto.- Compromiso de aportar, en su caso, la parte que no resulte subvencionable. 
Quinto.- Comprometerse al cumplimiento de las demás obligaciones establecidas en la Orden reguladora y demás normativa de aplicación. 
Sexto.- Facultar ampliamente al Sr. Alcalde para la efectividad de este acuerdo y la firma de cuantos documentos ello precisase. 
ASUNTO 9º.- CONCESIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS.- 
Dada cuenta del expediente núm. 22/2006 incoado a instancia de Inmobiliaria Merino Robles, S.L. para la ejecución de "edificio de 15 viviendas, bajo y garaje en C/ Nueva Apertura a Plaza del Cine, para su aprobación, si procede, por este Ayuntamiento Pleno. 
Vistos los artículos 1, 8 y 9 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales; 169, 171 y 172 de la Ley 7/2.002, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) (B.O.J.A. núm. 154, de 31-12-2.002); artículo 1 del Reglamento de Disciplina Urbanística, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto por la Disposición Transitoria Novena de la LOUA; Decreto de delegación de atribuciones del Alcalde, de fecha 9 de noviembre de 1999, cuya competencia le viene dada por los artículos 21.1 q) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril; 24 e) del Real Decreto Legislativo 781/1.986, de 18 de abril; y 41 apartado 9 del R.O.F., aprobado por Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre; así como el artículo 42 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de lo dispuesto por el PGOU de Villanueva Mesía y las Ordenanzas Fiscales Reguladoras sobre el Impuesto sobre Construcción, Instalaciones y Obras y concesión de Licencias Urbanísticas, así como los informes técnico y jurídico expedidos por el Arquitecto Técnico Municipal y el Secretario-Interventor de la Corporación, respectivamente, que constan en el expediente. 
El Pleno de la Corporación, actuando con facultades delgadas, por unanimidad, ACUERDA: requerir al promotor a que subsane las deficiencias observadas en el plazo que señala la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RJAP y PAC. 
ASUNTO 10º.- MOCIÓN DEL PSOE DE APOYO A LA REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA APROBADO POR EL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA, EN SU PASO POR EL CONGRESO Y EL SENADO. 
Se da cuenta de la Moción presentada por el grupo municipal del PSOE, del siguiente tenor literal: 
PROPOSICIÓN 
El pasado 2 de mayo, el Parlamento Andaluz aprobó la propuesta de Ley de Reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía. Dicha propuesta debe pasar ahora el trámite de su aprobación por las Cortes, para posteriormente ser ratificada en referéndum por todos los andaluces y andaluzas. 
El debate para la reforma y actualización de nuestro Estatuto, que ha dado como resultado esta propuesta de Ley, ha sido amplío y profundo, y ha contado con la participación del conjunto de los sectores sociales e institucionales que conforman nuestra Comunidad, entre ellos las Corporaciones Locales. 
El contenido de la Reforma del Estatuto que ha salido del Parlamento de Andalucía da una amplia y acertada respuesta a los nuevos retos y a los nuevos problemas que debe afrontar 
Andalucía para seguir progresando. En este sentido cabe destacar el nuevo diseño competencial, una apuesta de máximos que nos pone en pie de igualdad con cualquier otra Comunidad Autónoma, el reconocimiento de los nuevos derechos y realidades sociales o la afirmación de la concertación social como modelo de convivencia económico y laboral. 
Pero algo más importante aún para Ayuntamientos y Diputaciones, en su condición de Administración más cercana al territorio y al ciudadano, es el reconocimiento del papel que las Corporaciones Locales han jugado y deben jugar en el desarrollo y el futuro de Andalucía. 
Así, la delimitación de un marco competencia adecuado a los nuevos tiempos, el fortalecimiento de la autonomía municipal y el impulso de un sistema que garantiza la suficiencia financiera de los Ayuntamientos y Diputaciones, convierten a esta Reforma del Estatuto de Andalucía en una apuesta decidida por el municipalismo y sitúa definitivamente a las Corporaciones Locales como uno de los principales ejes vertebradotes de nuestra Comunidad. 
En consecuencia, el Grupo Socialista del Ayuntamiento de Villanueva Mesía propone al Pleno de esta Corporación la adopción de los siguientes 
ACUERDOS 
1. Apoyar, en su paso por el Congreso y el Senado, el contenido de la Reforma del Estatuto de Autonomía aprobado por el Parlamento de Andalucía. 
2. Expresar nuestra satisfacción porque la propuesta aprobada significa una Reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía de máximos, que nos pone en pie de igualdad con cualquiera del resto de Comunidades Autónomas, que nos dota de más instrumentos y más capacidad de autogobierno, y que nos da una garantía de financiación suficiente que asegura la igualdad de todos los ciudadanos y ciudadanas españoles con independencia del territorio en el que residan. 
3. Respaldar, de una forma especial, los contenidos de la propuesta de Reforma del Estatuto de Andalucía, aprobada por el Parlamento Andaluz, en lo que se refiere a su apuesta por el bienestar social y por la convivencia pacífica. 
4. Reconocer la apuesta que se hace, en esta propuesta de Reforma, por las Corporaciones Locales, garantizándoles un núcleo competencial propio que será ejercido con plena autonomía, así como los instrumentos financieros suficientes que, junto con los del Estado, puedan asegurar la prestación de bienes y servicios a la ciudadanía. 
5. Remitir los anteriores acuerdos a las mesas del Congreso, del Senado y del Parlamento de Andalucía, a los grupos políticos con representación en las mencionadas cámaras, al Presidente de la Junta de Andalucía y al Presidente del Gobierno de España. Fdo. Portavoz del Grupo Municipal Socialista. 
Abierto el turno de intervenciones, por el portavoz del PSA, Sr. Verdejo Cobos, se argumenta el apoyo de su partido, manifestando que está de más en la moción hacer constar que "…nos pone en pie de igualdad con cualquiera del resto de Comunidades Autónomas…" de pensar en una reforma mirándonos en los demás (otras Comunidades), ya que está justificada su adaptación a los nuevos tiempo por el amplio tiempo transcurrido desde que se aprobó y por la necesidad de que se recogiera en ella mejoras sociales y económicas para los andaluces. 
Añade que su partido tenía preparada otra Moción sobre la Reforma del Estatuto de Andalucía, que no han podido presentar en esta sesión por el carácter de extraordinaria. 
El Sr. Alcalde, tras justificar la necesidad de la reforma y exponer los logros sociales y económicos obtenidos para los andaluces, justifica la inclusión de la expresión a que hace mención el Sr. Verdejo para evitar que los andaluces se sintieran engañados por las intervenciones de otros partidos y medios a lo largo del trámite de elaboración al compararla con la reforma catalana. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación, por unanimidad, acuerda aprobar la precedente Moción en los términos transcritos. 
ASUNTO 11º.- RUEGOS Y PREGUNTAS. 
Por el portavoz del PSA, Sr. Verdejo Cobos, se formulan los siguientes ruegos y preguntas: 
1º.- Que se adoptan medidas en seguridad vial, especialmente contra los ruidos y velocidad de las motos en casco urbano, y de respeto a las señales de aparcamiento en las vías ordenadas, preferentemente en los horarios que la Policía Local no presta servicio. 
El Sr. Alcalde toma nota de ello y señala que, dentro de nuestras limitaciones, se intentarán dar soluciones. 
2º.- Justificado que esta pregunta no la pudo formular en su momento: Por qué el acuerdo adoptado el pasado pleno "declarando el cargo del Concejal-Delegado de Juventud y Servicios Sociales de este Ayuntamiento con dedicación parcial" no se trató conjuntamente con la aprobación del presupuesto, como hubiera correspondido. 
El Sr. Alcalde le contesta que cuando se aprobó el presupuesto no había disponibilidad por parte del cargo, situación que cambió en el mes pasado, fecha de su aprobación, a la que se sumó la carga de tareas, y que espera que ello continúe hasta la conclusión del mandato de esta Corporación, como es su deseo. 
3º.- Sacada a licitación por Diputación la obra de "reparación y mejora de la Ctra. de Villanueva Mesía a la A-92, ruega al Alcalde que se interese si en el proyecto se contempla alguna actuación en el "barranco de la Torrecilla". 
El Sr. Alcalde le contesta que, por lo que conoce, no hay una actuación especial sobre el mismo, sólo la canalización de las aguas, si bien añade que se interesará por ello y se lo planteará al responsable de carreteras de Diputación, pues reconoce la importancia y complejidad de este punto cuando llueve con cierta intensidad. Comenta que lo sucedido a raíz de la tormenta del pasado día 3 de mayo, se debe a que, desde hace nueve años, no se ha mantenido la importante obra que se acometió en su momento. 
4º.- Que se adopten las medidas pertinentes para que todos los vecinos, que están pagando un precio superior a cualquier punto de España, tengan acceso a la línea de ADSL con las mismas calidades y prestaciones que cualquier ciudadano. 
EL Sr. Alcalde le contesta que, a no ser que el Concejal de Nuevas Tecnologías, Sr. Castro, hoy ausente y que podrá dar explicaciones en su momento sí cuente con datos sobre lo que está sucediendo, él no puede responderle sobre lo que está sucediendo, si bien quiere que conste la apuesta del equipo de gobierno, desde que inició su actual mandato, para que las nuevas tecnologías y los medios precisos de acceso a internet llegasen a todos los vecinos con las mismas calidades y prestaciones que al resto de ciudadanos; lo que no está en nuestras manos, añade, es la regulación del mercado y de las empresas que operan en él. 
5º.- Concluido la ejecución del Quiosco del Parque, para cuándo se prevé su apertura y su forma de gestión. 
El Sr. Alcalde le contesta que su intención es que se ponga en funcionamiento dentro de un mes, sin que todavía se haya decidido el modelo de gestión, actualmente en estudio. Comenta que están abiertos a cualquier idea o sugerencia. 
El Sr. Verdejo le manifiesta que su grupo se ofrece y espera que cuenten con ellos. 
6º.- Que los árboles nuevos plantados se rieguen, ya que algunos se están secando, y que se desbrocen los senderos creados. 
El Concejal de Medio Ambiente, Sr. Fuentes, le contesta que, el tema no está olvidado y dejado, pues se está regando y limpiando determinadas zonas, si bien, debido a las limitaciones de personal y medios, no se ha podido actuar con la celeridad deseada, que espera que se aborde lo antes posible. 
Por el Sr. Márquez Naranjo se comenta que ha trascurrido mucho tiempo y la zanja de la calle Posito sigue abierta. 
El Sr. Alcalde le contesta que una rotura en la red de agua ha vuelto a retrasar las obras, si bien le consta que están concluidas, incluida la pavimentación. 
Finalmente, el Sr. Márquez pregunta al Sr. Alcalde si el personal contratado en obras se va a llevar a la Plaza del Cristo, como se dijo, y si no es posible, que se valle. 
El Sr. Alcalde le contesta que, en principio, se van a trasladar a la obra del Pósito. 

Siendo los asuntos tratados el objeto de esta Sesión, por la Presidencia se levantó la misma a las veintiuna horas y diez minutos, de todo lo cual se extiende la presente acta, de lo que, como Secretario, Certifico.- Villanueva Mesía, 7 de junio de 2.006.- 

VºBº
EL ALCALDE

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